Daleph participa en el proyecto de elaboración de una guía de autoevaluación en integridad pública local.
Daleph está prestando asesoramiento técnico al Ayuntamiento de Sevilla con el objetivo de cumplir con las obligaciones impuestas por la nueva normativa del PRTR, respecto a la elaboración de un Plan Antifraude que dé cobertura a todos los fondos ejecutados bajo el paraguas del instrumento Next Generation EU.
La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR, obliga a todos los organismos que gestionen fondos Next Generation EU a configurar un Sistema de Gestión orientado a definir, planificar, ejecutar, seguir y controlar los proyectos y subproyectos en los que se descomponen las medidas (reformas/inversiones) previstas en los componentes del PRTR. En su artículo dos recoge, entre otros principios o criterios específicos de obligatoria consideración en la planificación y ejecución de los componentes del PRTR, “Refuerzo de mecanismos de prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses”.
El artículo 6 de la Orden, desarrolla el cumplimiento del principio citado anteriormente, indicando que con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones del artículo 22 del Reglamento (UE) 214/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 febrero de 2021, toda entidad ejecutora que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un “Plan de medidas antifraude” que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, y en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.